Instantáneas de seguridad de Hong Kong: se confirman los límites legales de compensación por lesiones internas

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El Tribunal de Distrito de Hong Kong ha vuelto a confirmar que las lesiones “internas” sufridas por los empleados no son indemnizables en virtud de la Ordenanza de Compensación de los Empleados (Cap. 282) (ECO) si no son causados ​​por un accidente de trabajo.
Esta pregunta se planteó en una decisión reciente del Tribunal de Distrito de Hong Kong 馮应培 contra CHINA STATE – SHUI ON CONJUNTO VENTURE y Otro [2022] HKDC 902, en el que el Tribunal siguió el enfoque de otro caso reciente Chow Kai Yan v Kingsway Cars T Service Ltd [2022] HKDC 165 (discutido en nuestro boletín anterior). El Tribunal concluyó que el trabajador en cuestión no tenía derecho a una indemnización por un derrame cerebral que había sufrido en el trabajo, porque la lesión sufrida no fue causada por un accidente de trabajo.

Fondo

Señor Fung (Empleadoescuchar)) era un empleado de 裕安机电工程有限公司 (Empleador). El empleador era un subcontratista en un sitio de construcción. El 31 de mayo de 2017, mientras trabajaba en el sitio, el empleado se cayó y sufrió un accidente cerebrovascular isquémico.
El empleado presentó un reclamo de compensación laboral legal bajo la ECO, con el argumento de que el accidente cerebrovascular, que según él fue causado por una lesión en la cabeza por la caída, constituyó un “lesión por accidente” en el trabajo.

El enfoque del Artículo 5 de ECO para las lesiones internas

El artículo 5 de la ECO establece que un trabajador tiene derecho a la compensación legal por “lesiones corporales accidentales que surjan de y en el curso del empleo”.

La cuestión en ese caso era si el accidente cerebrovascular del empleado constituía un “lesión por accidenteen virtud de esta disposición. Después de citar una línea de autoridades inglesas y de Hong Kong, la Corte siguió el enfoque en Chow Kai Yanabajo :

1. evento(s) externo(s) como un accidente – debe haber un evento o serie de eventos, que sea externo y tenga algún efecto sobre el Empleado (ya sea fisiológico o psicológico), o sea en forma de actividades corporales perceptibles del Empleado cuando ocurrió el evento o eventos; y
2. accidente como causa, lesión como efecto – “accidente” y “lesión” son dos elementos distintos pero necesarios para establecer, donde debe demostrarse que “el accidente” ha causado, o al menos contribuido a, la “lesión”.
El Tribunal concluyó que no habíalesión por accidenteen este caso, por lo que ha fracasado la pretensión de indemnización del trabajador en virtud del artículo 5 del COT. La Corte dio las siguientes razones:

1. En un balance de probabilidades, el empleado no sufrió una lesión en la cabeza. Por lo tanto, el accidente cerebrovascular no fue causado por este supuesto “accidente”.
2. Además, según el perito médico conjunto, el accidente cerebrovascular fue causado por las condiciones médicas preexistentes del empleado, incluidas la hipertensión y la hiperlipidemia. Por lo tanto, la caída no había provocado el ataque; de ​​hecho, fue el ataque espontáneo lo que provocó la caída.
El empleado también afirmó que hubo un retraso en el tratamiento médico después de la caída y que el experto médico conjunto fue parcial. Estos argumentos fueron rechazados por la Corte.

Puntos clave para recordar

Este caso enfatiza una vez más que cualquier reclamación de compensación bajo el artículo 5 de la LEC debe basarse en “lesión por accidente” – en concreto, un trabajador que ha sufrido una lesión interna o una enfermedad mental tendrá que cumplir con los criterios establecidos anteriormente, en además de los requisitos de que la lesión también debe haber surgido de y en el curso del empleo.

ben harris

Ellie Cheung

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