La jueza de SDNY se pone duro con los demandantes de sitios web en serie

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Por Lotus Cannon y Minh Vu

Sinopsis de Seyfarth : La jueza del SDNY Mary Kay Vyskocil desestima con prejuicio una demanda de accesibilidad del sitio web con vagas acusaciones sobre la posición de los demandantes.

El Tribunal de Distrito de EE. UU. para el Distrito Sur de Nueva York (SDNY) ha sido un lugar muy favorecido para los demandantes en serie que presentan demandas por accesibilidad de sitios web durante años, al menos en parte porque muchos jueces se han negado, al comienzo de un caso, a desestimar las quejas. con acusaciones repetitivas sobre la capacidad del demandante para demandar. Sin embargo, el año pasado vimos una decisión de la jueza del SDNY, Colleen McMahon, que llevó a cabo un análisis de situación más riguroso en casos de accesibilidad de sitios web, y la semana pasada, otra jueza del SDNY, Mary Kay Vyskocil, adoptó un enfoque similar. El juez Vyskocil desestimó  con prejuicio  una queja sobre accesibilidad del sitio web por falta de legitimación después de un análisis significativo de la queja estándar de los demandantes.

Los demandantes (dos evaluadores que se describen a sí mismos como ciegos) demandaron a un minorista en línea, alegando que el sitio web del minorista violaba la ADA y la Ley de Derechos Humanos del Estado de Nueva York debido a varias barreras técnicas que supuestamente encontraron los demandantes. Los demandantes habían presentado anteriormente múltiples demandas contra operadores de diversos sitios web comerciales.

Las acusaciones de la demanda eran vagas pero similares a aquellas que otros jueces del SDNY han considerado suficientes para establecer la legitimación activa al inicio de una demanda. Los demandantes alegaron que visitaron el sitio web con el fin de comprar productos, bienes y/o servicios y que cada uno encontró varias barreras técnicas, como “enlaces redundantes” y “encabezados incorrectamente etiquetados”. En cuanto a su intención de regresar al sitio web, los demandantes alegaron que estaban “muy interesados” en comprar los productos del demandado y tenían la intención de comprar ciertos bienes y servicios en el futuro, y tenían la intención de regresar al sitio web una vez que se eliminaran las supuestas barreras de accesibilidad. .

El Tribunal sostuvo que las alegaciones concluyentes de los demandantes no establecían de hecho un perjuicio para conferir legitimación activa. El Tribunal señaló que cada uno de los demandantes alegó solo una única visita al sitio web y no alegó ningún hecho que respalde su interés en los productos o servicios del sitio web, como cómo se enteraron del sitio web, qué despertó su interés en el sitio web, qué productos en particular vieron o estaban interesados ​​en comprar, y si buscaron productos comparables en otros lugares.

El Tribunal señaló las otras “quejas en copia carbón” de los demandantes, nueve de las cuales fueron presentadas el mismo día de la demanda en cuestión, como prueba adicional de que los demandantes no sufrieron ningún daño en realidad, haciendo referencia a la decisión Calcano del Segundo Circuito  que  destruyó Quejas “al estilo Mad-Libs”.

En particular, si bien los despidos por falta de legitimación suelen ser sin perjuicio, el Tribunal emitió la decisión  con  perjuicio  y denegó el permiso de los demandantes para enmendar. El Tribunal justificó su decisión con la negativa de los Demandantes a modificar la Demanda incluso después de que el demandado señalara todas las deficiencias del alegato en su carta previa a la moción al Tribunal.

El Tribunal también desestimó el reclamo NYSHRL de los demandantes basándose en falta de legitimación activa, en lugar de seguir el curso habitual de negarse a ejercer jurisdicción sobre la materia sobre reclamos de derecho estatal. 

Esta decisión sugiere que algunos jueces del SDNY pueden estar hartos del volumen de quejas de “cortar y pegar” en sus tribunales y de exigir a los demandantes que afirmen hechos, en lugar de conclusiones repetitivas, para establecer su legitimación. A ver si esto se convierte en tendencia. Editado por John W. Egan

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